En el día de hoy, la Consejería de Justicia ha dictado una nueva resolución fijando los servicios esenciales por la pandemia del coronavirus, dejando sin efecto la del día de ayer, como solicitó UGT Justicia, puesto que establecía unos servicios totalmente desproporcionados. La publicada en el día de hoy, sin ser la que hubiera deseado UGT Justicia, al menos reduce los servicios esenciales. No obstante, desde UGT Justicia ponemos a disposición de los compañeros y compañeros a nuestros delegados de prevención de riesgos laborales, que, ante cualquier riesgo grave para la salud del personal funcionario, no dudarán en plantear la paralización de la actividad de los juzgados, de conformidad con lo dispuesto en el Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Es verdad que en dicha ley se establece que la decisión la tienen que tomar la mayoría de los delegados de prevención de la Junta de Personal, pero nosotros haremos nuestra parte del trabajo, movilizando al Comité de Seguridad y Salud.
Juzgados, Fiscalías e IML en servicio de guardia: la dotación completa que preste el servicio de guardia. No obstante, en los juzgados y fiscalías se pueden establecer turnos con la mitad de la plantilla habitual.
Juzgados, Fiscalías e IML que no estén de guardia, y Juzgados y Servicios que NO tienen servicio de guardia.
En primer lugar, se aplica el acuerdo interno al que lleguen los funcionarios de cada órgano. En el caso de que no se llegue a un acuerdo, se establece un turno rotatorio diario entre los funcionarios integrantes de la plantilla de cada órgano, siguiendo el orden alfabético de sus apellidos, comenzando por la letra “A”. Todo ello, teniendo en cuenta que hay que respetar a los compañeros y compañeras que sean colectivo de riesgo, así como a los que tengan hijos menores y personas dependientes. Desde UGT Justicia apelamos al sentido común y a la solidaridad, aconsejando que, en la medida de lo posible, durante el día de hoy, los compañeros/as se pongan de acuerdo a través de los grupos de whatsapp o por llamada telefónica, a fin de evitar que mañana se desplace todo el personal funcionario a las sedes judiciales, que, al fin y al cabo, es lo que se pretende con la fijación de los servicios esenciales.
Pero, ¿qué ocurre si los funcionarios/as destinados en los servicios esenciales no pueden acudir al trabajo a causa del coronavirus? En esos casos, podrán justificar su ausencia a través del “permiso por deber inexcusable”:
- ¿Cómo se pide este permiso? Se solicita a través del Hermes. En el caso de que la persona no pueda acudir al juzgado para pedir el permiso, lo solicitará una vez que se incorpore. Lo único que tendrá que hacer es comunicar telefónicamente su ausencia al órgano judicial.
- ¿Qué documentación es necesaria para justificar el permiso por deber inexcusable?
- Por hijos menores de 18 años: fotocopia del Libro de Familia. En el caso de conflicto de intereses, tienen preferencia los funcionarios/as con hijos menores de 12 años.
- Ascendientes: declaración jurada con el nombre del familiar y el motivo que justifica el permiso (Atención: ya no es obligatorio que el ascendiente estuviese ingresado en una residencia de mayores que se haya cerrado a causa del coronavirus. El permiso incluye los casos en que el ascendiente resida con nosotros y esté incluido en la población de riesgo).
- Otros familiares o personas a nuestro cargo: documentación que acredita la dependencia.
- Funcionarios/as de Justicia con problemas de salud a los que el contagio afectaría de forma especialmente grave: la Consejería de Justicia nos ha asegurado que no va a poner ninguna traba para estos casos. Se admitirán todos los permisos solicitados por este motivo.
- Casos en los que el otro cónyuge o pareja de hecho es también personal funcionario: declaración responsable de que la otra persona no ha pedido el permiso.
En el supuesto de que no puedan completarse los servicios esenciales, se acudirá a los turnos de sustitución ordinarios entre juzgados.
Pasamos a detallar los servicios esenciales:
– Secretaría de Gobierno del TSJA y Secretaría de Coordinación Provincial: 1 funcionario/a.
– Secretaría de Gobierno del TSJA: 1 funcionario/a (Gestión o Tramitación)
– TSJA: 1 funcionario/a (Gestión o Tramitación) en cada Sala.
– Audiencias Provinciales:
- Secciones Penales: 1 funcionario/a (Gestión o Tramitación) en cada Sección.
- Secciones Civiles:
- 1 funcionario/a (Gestión o Tramitación) para todas las Secciones. Además, un turno rotatorio de disponibilidad de 1 funcionario/a (Gestión o Tramitación) por cada sección.
- 1 funcionario/a de Auxilio para toda la Audiencia.
– Juzgados de Primera Instancia e Instrucción: 1 funcionario/a (Gestión o Tramitación)
– Upad: 1 funcionario/a (Gestión o Tramitación)
– Juzgados de Instrucción: 1 funcionario/a (Gestión o Tramitación). Cuando no esté de guardia.
– Juzgados de Primera Instancia: 1 funcionario/a (Gestión o Tramitación) para todos los juzgados. Además, un turno rotatorio de disponibilidad de 1 funcionario/a (Gestión o Tramitación) por cada órgano judicial. El turno rotatorio comienza por el juzgado del primer número de la jurisdicción.
– Juzgados de lo Contencioso-Administrativo: 1 funcionario/a (Gestión o Tramitación) para todos los juzgados. Además, un turno rotatorio de disponibilidad de 1 funcionario/a (Gestión o Tramitación) por cada órgano judicial. El turno rotatorio comienza por el juzgado del primer número de la jurisdicción.
– Juzgados de lo Social: 1 funcionario/a (Gestión o Tramitación) para todos los juzgados. Además, un turno rotatorio de disponibilidad de 1 funcionario/a (Gestión o Tramitación) por cada órgano judicial. El turno rotatorio comienza por el juzgado del primer número de la jurisdicción.
– Juzgados de lo Mercantil: 1 funcionario/a (Gestión o Tramitación) para todos los juzgados. Además, un turno rotatorio de disponibilidad de 1 funcionario/a (Gestión o Tramitación) por cada órgano judicial. El turno rotatorio comienza por el juzgado del primer número de la jurisdicción.
– Juzgados de Menores: 1 funcionario/a (Gestión o Tramitación) para todos los juzgados. Además, un turno rotatorio de disponibilidad de 1 funcionario/ (Gestión o Tramitación) por cada órgano judicial. El turno rotatorio comienza por el juzgado del primer número de la jurisdicción.
– Juzgados de lo Penal: 1 funcionario/a (Gestión o Tramitación) en cada juzgado, y 1 funcionario/a de Auxilio por cada 5 juzgados. Además, un turno rotatorio de disponibilidad de 1 funcionario/a (Gestión o Tramitación) por cada órgano judicial, excluido el que esté de guardia.
– Juzgados de Violencia sobre la Mujer exclusivos: 1 funcionario/a (Gestión o Tramitación). Cuando no esté de guardia.
– Registros Civiles Únicos: 1 funcionario/a (Gestión o Tramitación) y 1 funcionario/a de Auxilio
– Juzgados de Primera Instancia con funciones adscritas de Registro Civil: 1 funcionario/a (Gestión o Tramitación)
– Juzgados de Primera Instancia e Instrucción con funciones adscritas de Registro Civil: 1 funcionario/a (Gestión o Tramitación).
– Decanatos de los Juzgados: 1 funcionario/a (Gestión o Tramitación).
– Servicios Comunes Procesales: 1 funcionario/a (Gestión o Tramitación) y 1 funcionario/a de Auxilio.
– Servicios Comunes de Partido Judicial: 1 funcionario/a (Gestión o Tramitación) y 1 funcionario/a de Auxilio.
– Juzgados de Paz: 1 funcionario/a. Horario de apertura de 9:00 a 11:00 horas.
– Fiscalías Provinciales o de Área: el mismo personal que atienda el servicio de guardia.
– IML: 1 funcionario/a (Tramitación o Auxilio) en la Sede Central y 1 funcionario/a (Tramitación o Auxilio) en cada una de las Sedes Comarcales.
Salvo para los Juzgados de Paz, se establece la jornada habitual de 7 horas, una vez deducidos los 30 minutos de cortesía. Desde UGT Justicia hemos protestado por este horario, porque entendemos que bastaría con realizar el horario de atención al público (de 9 a 14 horas).
Por otra parte, desde UGT Justicia se ha exigido a la Consejería de Justicia que refuercen el servicio de limpieza y desinfección de las instalaciones judiciales. En todos los órganos judiciales deben colocarse dispensadores de geles desinfectantes y papel desechable. Además, hemos pedido que se suministren mascarillas y guantes para los compañeros y compañeras que los necesiten, con especial consideración para el personal que realiza el servicio de guardia.
No queremos terminar esta información, sin hacer un llamamiento a la responsabilidad de todos nosotros y nosotras. Desde UGT Justicia os pedimos que extreméis al máximo las medidas de seguridad. Está en juego lo más importante que tenemos: nuestra salud y la de nuestros familiares. Estamos a vuestra disposición para resolver cualquier duda que tengáis.
Gracias por vuestra confianza.
Para leer la resolución sobre servicios esenciales por el coronavirus, picar en el siguiente enlace: