UGT Justicia informa que, con fecha 24 de diciembre de 2021, la Consejería de Justicia ha aprobado un nuevo PROTOCOLO de actuación para el personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia de Andalucía que sea considerado CONTACTO ESTRECHO con casos confirmados, sospechosos o probobables por COVID-19, a fin de actualizarlo a la última modificación elaborada por el Ministerio de Sanidad (22/12/2021).
La principal novedad del nuevo PROTOCOLO es que las personas que han recibido una pauta de vacunación completa, y sean consideradas contacto estrecho de un caso confirmado, sospechos o probable, NO guardarán CUARENTENA, salvo en los siguientes casos:
- Contactos de casos producidos por variantes Beta o Gamma.
- Personas con inmunodepresión.
La persona trabajadora que se considere contacto estrecho deberá:
1.- Cumplimentar el modelo de DECLARACIÓN RESPONSABLE de contacto estrecho y remitirlo a la Sección de Personal de la Delegacíón Terriorial correpondiente y a la Unidad de Prevención de Riesgos Laborales.
2.- NO acudir al puesto de trabajo y dirigirse a los Servicios Médicos de Atención Primaria que le correspondan (incluyendo las compañías privadas concertadas con MUGEJU) para que realicen las pruebas pertienentes e indiquen las pautas a seguir: cuarentena, reincorporación al trabajo u otras.
3.- El contacto estrecho debe mantener informado a la Sección de Personal de la Delegación Territorial correspondiente y a la Unidad de Prevención de Riesgos Laborales de las siguientes cuestiones:
- Fecha o plazo previsto de la cita obtenida con los Servicios Médicos.
- Dificultad o imposibilidad de obtener cita con los Servicios Médicos.
- Información de las pautas dadas por los Servicios Médicos.
4.- Una vez reincorporado al trabajo, el personal podrá solicitar a través del HERMES un permiso por “Cuarentena COVID” para justificar los días que se haya ausentado del trabajo
Es importante subrayar que si la persona tiene síntomas compatibles con el COVID-19 el día indicado por los Servicios Médicos para su reincorporación al trabajo, SE SUSPENDE DICHA REINCORPORACIÓN, en cuyo caso el trabajor deberá comunicarlo a la Sección de Personal de la Delegación Territorial correspondiente y a la Unidad de Prevención de Riesgos Laboralres, y dirigirse de nuevo a los Servicios Médicos para que le den las indicaciones oportunas.
Por último, aclarar que las cuarentenas ya iniciadas en función del Protocolo anterior continuarán hasta su finalización.
Os dejamos el enlace a la Resolución aprobada por la Consejería de Justicia: