UGT informa:
En el B.O.E del pasado sábado, 14 de octubre, sábado, se publicaron las distintas órdenes ministeriales por las que se publicaban las relaciones definitivas de admitidos y excluidos del proceso extraordinario de estabilización para el ingreso en los cuerpos de gestión, tramitación y auxilio judicial, turno libre, por el sistema de concurso de méritos.
Las listas certificadas completas de los tres cuerpos quedarán expuestas al público en la página web del Ministerio de Justicia (www.mjusticia.es), en las páginas web de las Comunidades Autónomas que convoquen plazas y en el punto de acceso general del Ministerio de Hacienda y Función Pública.
- PÁGINA WEB MINISTERIO DE JUSTICIA. LISTADOS GPA
- PAGINA WEB MINISTERIO DE JUSTICIA. LISTADOS TPA
- PÁGINA WEB MINISTERIO DE JUSTICIA. LISTADOS AUXILIO JUDICIAL
Desde el 14 se inició el plazo de viente días hábiles para aportar los méritos.
Fase de concurso. Tras la publicación de las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos, y constituidos los Tribunales Calificadores, se dictará resolución otorgando a las personas aspirantes admitidas, el plazo de veinte días naturales para presentar o alegar en el registro o dirección electrónica que se indique la documentación acreditativa, en original o copia auténtica, únicamente de los méritos indicados en el epígrafe B (Historial profesional. Cursos de formación de contenido jurídico e informático) del baremo contenido en el anexo II, III y IV respectivamente, según el Cuerpo, de la presente Orden. Los opositores y opositoras que concurren por Comunidades Autónomas con ejercicios optativos aportarán en este mismo momento las certificaciones acreditativas de los conocimientos idiomas o derecho propios correspondientes.
La comprobación de los méritos alegados de los apartados A, C y D se hará de oficio.
A. Títulos y grados académicos.
C. Calificaciones de ejercicios en procesos selectivos anteriores.
D. Servicios prestados en la Administración de Justicia.
No obstante, el mérito experiencia como personal interino, si se ha obtenido en más de un ámbito territorial o en uno distinto a aquel en el que se presenta deberá ser acreditado por la persona aspirante, dado que la gestión de este personal corresponde a las Comunidades Autónomas con competencias en materia de personal transferidas y al Ministerio de Justicia, a través de sus Gerencias, en las Comunidades Autónomas sin estas competencias transferidas y en los órganos centrales.
Aquellas personas opositoras que en su solicitud inicial de participación no hayan prestado su consentimiento para que el órgano gestor del proceso selectivo pueda verificar de oficio sus titulaciones o certificaciones académicas, deberán también aportar estas, de entre las valoradas en el apartado A del baremo citado.