UGT informa:
En el día de hoy se ha publicado en el BOE Orden JUS/1075/2023, de 26 de septiembre, por la que, en ejecución de Auto de la Audiencia Nacional, se declara nula la Orden JUS/273/2023, de 15 de marzo, por la que, en ejecución de sentencia, se anulan las bases Quinta.2, Sexta.2 y Sexta.4 de la Orden JUS/291/2019, de 4 de marzo, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso a los cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia.
Por todo ello y en ejecución del auto de fecha 30 de mayo de 2023 dictado por la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, en el procedimiento de ejecución ETJ 4/2023 para la ejecución de la sentencia dictada en el Procedimiento Ordinario 912/2019, en el que se declara nula la Orden JUS/273/2023, de 15 de marzo que da una nueva redacción a las bases Quinta.2, y Sexta.4 de la Orden JUS/291/2019, de 4 de marzo, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso a los cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia (BOE 23 marzo), se acuerda:
Dar la misma redacción, con la que se publicó la Orden JUS/291/2019, de 4 de marzo, a la Base quinta.2, y modificar la Base sexta.2, quedando redactada como sigue: “En los procesos selectivos de promoción interna para los Cuerpos mencionados la nota mínima suficiente del primer o único ejercicio será el 60% de la posible». Dar la misma redacción, con la que se publicó, a la Base sexta.4, ya que con la nueva redacción de la Base sexta.2 se permite la reserva de nota de la fase de oposición con una nota mínima del 60% de la nota posible”.