UGT informa:
El pasado viernes, 4 de octubre de 2022, la Consejería nos remitió nota informativa sobre el pago de las cantidades derivadas de la subida salarial del 1,5%, con carácter retroactivo, desde enero 2022. Subida salarial furto del Acuerdo Marco suscrito entre el Gobierno y los sindicatos UGT y CCOO, mayoritarios en el Sector Público.
“• Se prevé que en la nómina de noviembre se abone el incremento del 1,5% con carácter retroactivo, con relación a las retribuciones fijas percibidas desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de octubre de este mismo año. Por retribuciones fijas se entienden aquellas que no tienen un carácter variable mensual, como son las guardias y los servicios extraordinarios.
• El incremento del 1,5% con carácter retroactivo, desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de octubre de este mismo año, con relación a las retribuciones variables, como son la guardias y los servicios extraordinarios, serán abonadas en una nómina posterior, con los límites máximos temporales establecidos por el Real Decreto-ley 18/2022, de 18 de octubre.
Los abonos de los incrementos retributivos por el tiempo de trabajo desarrollado en esta Comunidad Autónoma serán efectuados, en todo caso, de oficio por parte de la Administración de la Junta de Andalucía, para todo el personal funcionario que haya estado en activo en la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Andalucía desde el 1 de enero de 2022, aún cuando con posterioridad haya causado baja o haya dejado de prestar servicio en esta Comunidad Autónoma, bien sea por jubilación, fallecimiento, concurso de traslados u otras circunstancias. Los abonos de los incrementos retributivos por el tiempo prestado en otra Comunidad Autónoma serán realizados en todo caso por la Comunidad Autónoma correspondiente, debiendo dirigirse a la misma para solicitar información del procedimiento que se establezca en cada Comunidad para dichos abonos.
Por tanto, en ningún caso es necesario que las personas interesadas realicen solicitud alguna de parte para percibir los incrementos retributivos por el trabajo desarrollado en la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Andalucía.”
Como parece ser que las horas extras del plan de tardes o plan de autorrefuerzo no se incluyen en la paga de atrasos, tendréis que estar atentos al pago de los atrasos del 1,5 % , de las horas extras que se hayan realizado en septiembre y octubre, sí como es previsible las horas extras realizadas en septiembre se abonan en la nómina de este mes de noviembre.
Para cualquier duda o consulta, contacta con tu sección sindical.
Os facilitamos la nota remitida por la Consejería: