UGT informa:

Como ya os adelantamos en nuestra Circular del pasado 21 de abril, jueves, sobre la reunión de la Mesa Sectorial de Negociación Consejería de Justicia-Sindicatos de dicho día, la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal nos ha remitido la instrucción sobre el PLAN DE COSTAS 2022. Queremos dejar claro que no fue objeto de negociación alguna, ya que el punto del orden del día fue de carácter informativo.

Pues bien, una vez puesto de manifiesto lo anterior, os resumimos lo más importante:

PARTIDOS JUDICIALES CON LA TOTALIDAD DE LA PLANTILLA:

A) MESES DE JULIO, AGOSTO Y SEPTIEMBRE.-

    • Almería.- Almería, El Ejido, Roquetas de Mar, Vera.
    • Cádiz.- Algeciras, Barbate, Chiclana de la Frontera, El Puerto de Santa María, La Línea de la Concepción, Sanlúcar de Barrameda, San Roque.
    • Granada.- Motril, Almuñécar.
    • Málaga.- Fuengirola, Marbella, Torremolinos, Estepona, Torrox, Vélez Málaga.
    • Huelva.- Ayamonte.

B) MESES DE OCTUBRE, NOVIEMBRE Y DICIEMBRE.-

    • Almería.Almería, El Ejido.
    • Cádiz.- Algeciras, Barbate, La Línea de la Concepción.
    • Granada.- Motril.
    • Málaga.Fuengirola, Marbella, Torremolinos, Estepona.
    • Huelva.Ayamonte.

La certificación de las guardias ampliadas hasta la totalidad de la plantilla que componga cada juzgado se llevará a cabo por el Letrado o la Letrada de la Administración de Justicia correspondiente, tramitada por las correspondientes Delegaciones Territoriales.

De esta forma, el máximo de funcionarios o funcionarias a los que se les podría certificar la guardia semanal correspondiente en cada órgano será el siguiente:

En el En el caso de los juzgados que tienen asignada la guardia semanal correspondiente, la dotación máxima de los mismos será la expresada en el cuadro anterior, teniendo en cuenta que para lograrla, en el caso de que no fuese posible disponer de personal del propio juzgado por permisos o ausencias, podrá participar personal de otros juzgados del mismo partido, debiendo ser certificada por el LAJ del juzgado donde se presta la guardia.

El periodo de inicio de la guardia coincidirá con el primer día de la semana en la que comience el mes de julio, pudiendo contener, por tanto, algunos días del mes de junio. Una vez iniciada la última guardia semanal del periodo julio a septiembre, establecido en esta resolución, ésta se prolongará hasta la finalización de la misma por los días que comprendan del mes de octubre.

Aquellos juzgados que tengan asignada guardia de disponibilidad y los funcionarios concurran a la misma, el exceso de horario podrá ser computado bien mediante la reducción de la jornada flexible en términos anuales o bien mediante la compensación en días de trabajo pudiéndose disfrutar tales libranzas cuando el servicio lo permita dentro del año natural.

 Con respecto al personal de refuerzo, que pudiera estar prestando servicios con carácter estructural en los juzgados afectados, se seguirá la misma dinámica que se llevase hasta el momento en la distribución ordinaria del turno de guardias, de modo que se podrá integrar en las mismas si hasta la fecha lo hubiese venido haciendo en aquellas ordinarias, con la correspondiente certificación del o la LAJ correspondiente.

CIRCULAR PLAN COSTAS 2022

RESOLUCIÓN PLAN DE COSTAS