Con fecha 9 de febrero se ha reunido la Mesa Sectorial de la Administración de Justicia de Andalucía, con la presencia de UGT Justicia y del resto de sindicatos con representación en la misma (CSIF, SPJ-USO, STAJ y CCOO), con un único punto del día:
APLICACIÓN AL ÁMBITO DE JUSTICIA DE LA AMPLIACIÓN DEL PORCENTAJE PARA EL TRABAJO NO PRESENCIAL
Por la Consejería de Justicia se va a dictar una Resolución para adaptar la nuestro ámbito los porcentajes del teletrabajo establecidos en la Mesa General de la Administración de Andalucía, gracias a un acuerdo firmado por UGT y por el resto de sindicatos con representación a nivel general (CSIF y CCOO). Por lo tanto, una vez más UGT, como sindicato con representación en todas las mesas de negociación, consigue una mejora de nuestras condiciones de trabajo, ampliando los porcentajes del teletrabajo hasta el 60/40% (actualmente el porcentaje general es del 20%), de la siguiente forma:
- En primer lugar, el porcentaje 60/40% se aplicará cuando el municipio en el que trabaje el funcionario/a que solicite el trabajo a distancia se encuentre en una alerta sanitaria de nivel 4, grado 1. Actualmente, éste es el nivel de alerta sanitaria de todo el territorio de Andalucía, con la excepción de algunos municipios que se encuentran en el grado 2 de dicho nivel.
- Para los municipios con una alerta sanitaria de nivel 4, grado 2, el porcentaje del teletrabajo se ampliará hasta el 100%. sin perjuicio de la garantía efectiva de los servicios esenciales, entiendo por tales los siguientes:
- Aquellos en los que la prestación efectiva de servicios públicos sólo queda garantizada plenamente con la presencia física del personal funcionario del centro de trabajo.
- Los servicios y funciones habituales de los Juzgados mientras están en turno de guardia.
- Cualquier otra función que precise para su desempeño la consulta frecuente de la documentación física.
- El porcentaje 60/40% se aplicará por turnos semanales rotativos, de forma que una semana se trabajarán en la modalidad de teletrabajo 3 días no consecutivos, y la segunda semana serán 2 días no consecutivos.
- El personal funcionario que ya tenga concedido el teletrabajo NO tendrá que volver a solicitarlo. Bastará con una comunicación al LAJ o responsable técnico procesal poniendo en su conocimiento que se acoge a la ampliación del porcentaje 60/40%. El porcentaje referido es un límite máximo, por lo que la persona podrá optar voluntariamente por un porcentaje menor o, incluso, por mantener el porcentaje del 20% que disfruta actualmente.
- Si la situación de alerta sanitaria del municipio correspondiente pasa a un nivel inferior al 4, el porcentaje del teletrabajo volverá a ser del 20%.
- Para los nuevos solicitantes, se establece que las solicitudes del teletrabajo podrán remitirse vía correo electrónico (a la dirección del servicio de personal de la Delegación Territorial) o por vía telemática. La solicitud debe ir acompañada de un informe del LAJ o responsable técnico procesal. Dicho informe es preceptivo, pero no vinculante. En el caso de que el responsable procesal técnico se niegue a evacuar el informe, la Delegación Territorial admitirá la solicitud de teletrabajo.
- Todo esto será de aplicación de forma automática al día siguiente de la publicación de la Resolución dictada por la Consejería de Justicia. Está previsto que dicha publicación sea inminente, entre esta tarde y mañana.
Desde UGT os mantendremos convenientemente informados.