En el día de hoy, 29 de mayo, la Consejería de Justicia ha aprobado el “Protocolo para la realización de los test rápidos del COVID-19”, así como el modelo de “Consentimiento informado” para la realización de dichos test.
En esta circular informativa os dejamos los enlaces a los documentos originales, pero, a modo de resumen, destacamos algunos aspectos importantes:
– Los test los van a realizar los médicos forenses del Instituto de Medicina Legal (en adelante, IML) que se han ofrecido voluntarios.
– Los test se realizarán en las sedes del IML de cada provincia, o en las consultas que los médicos forenses tengan habilitadas en las sedes judiciales.
– Los test se realizarán al personal que acude a su puesto de trabajo de forma presencial.
– Al personal que se encuentra de permiso por deber inexcusable por ser colectivo sensible o por tener a su cargo a una persona menor de 14 año o mayor dependiente, o en situación de IT, o de excedencia, se le realizará el test cuando se incorporen, siempre que sea antes del 30 de junio.
– Los Letrados Coordinadores (o al que corresponda en los órganos fiscales) deben facilitar los listados del personal de cada órgano judicial (o fiscal), o servicio correspondiente, a los Directores del IML. También está incluido el personal de los juzgados de paz.
– Se establece la preferencia en la realización de los test del siguiente personal:
- Personal del IML.
- Personal de guardia (instrucción, menores, violencia sobre la mujer).
- Personal de notificaciones y embargo.
- Personal de Registro Civil.
- Personal que realice tareas de atención al público.
UGT ha solicitado que, dentro del personal preferente, se incluya a aquellas personas que se incorporen a su puesto de trabajo después de haber pasado la cuarentena, cuando el servicio de salud no les haya realizado el test.
A continuación, ponemos a vuestra disposición los enlaces al “Protocolo” y “Consentimiento informado”.