En el día de hoy, la Consejería nos ha remitido una nueva Resolución de servicios esenciales por la pandemia del coronavirus, que modifica parcialmente la anterior Resolución de 15 de marzo. A continuación, os detallamos la reducción de servicios mínimos que esta nueva Resolución establece, principalmente, para los juzgados de lo penal y mixtos:

– Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:

Hay que distinguir los siguientes casos:

  • Juzgados mixtos con competencia en Registro Civil: 1 funcionario/a (Gestión o Tramitación) por cada juzgado.
  • Juzgados mixtos con competencia en Violencia de Género sobre la Mujer: 1 funcionario/a (Gestión o Tramitación) por cada juzgado.
  • Juzgados mixtos sin competencias especiales: 1 funcionario/a (Gestión o Tramitación) para el conjunto de juzgados de este tipo que haya en el partido judicial. Aquí está la novedad, antes era 1 funcionario/a por cada juzgado mixto.

Además, se establece un turno rotatorio de disponibilidad de 1 funcionario/a (Gestión o Tramitación) por cada juzgado.

– UPADs (sólo aplicable a los partidos judiciales de El Ejido y Vélez-Málaga):

Hay que distinguir los siguientes casos:

  • UPAD con competencia en Registro Civil: 1 funcionario/a (Gestión o Tramitación) por cada juzgado.
  • UPAD con competencia en Violencia de Género sobre la Mujer: 1 funcionario/a (Gestión o Tramitación) por cada juzgado.
  • UPAD sin competencias especiales: 1 funcionario/a (Gestión o Tramitación) para el conjunto de juzgados de este tipo que haya en el partido judicial. Aquí está la novedad, antes era 1 funcionario/a por cada UPAD.

Para las UPADs, a diferencia que para los juzgados mixtos, NO se establece el turno rotatorio de disponibilidad.

– Juzgados de lo Penal:

  • 1 funcionario/a (Gestión o Tramitación) por cada 5 juzgados, y 1 funcionario de Auxilio Judicial por cada 5 juzgados. Antes se exigía 1 funcionario de Gestión o Tramitación por cada juzgado de lo penal.

Además, se establece un turno rotatorio de disponibilidad de 1 funcionario/a (Gestión o Tramitación) por cada juzgado.

Servicios Comunes de Partido Judicial:

  • 1 funcionario/a (Gestión o Tramitación). Además, un turno rotatorio de disponibilidad de 1 funcionario de Auxilio Judicial (ésta es la novedad, anteriormente se exigía la presencia 1 funcionario de Auxilio Judicial).   

 

Desde UGT Justicia, consideramos que esta reducción de los servicios esenciales también debería haberse aplicado a los juzgados de instrucción, en los que 1 funcionario/a por cada 5 juzgados sería más que suficiente. No obstante lo anterior, en UGT Justicia seguimos firmes en nuestra postura de exigir el cierre de los órganos judiciales y servicios, estableciendo un turno rotatorio de disponibilidad para aquellas diligencias urgentes, y manteniendo abierto exclusivamente los servicios de guardia, así como los registros civiles para las actuaciones inaplazables.

Por otra parte, desde UGT Justicia seguimos exigiendo a la Consejería de Justicia que dote a los órganos judiciales de Andalucía (incluyendo a los juzgados de paz) del material preventivo necesario para evitar el contagio por coronavirus: gel desinfectante, guantes, mascarillas y mamparas protectoras. 

Nuestra salud es lo primero. ¡DISPONIBILIDAD, YA!

Para leer la Resolución de los servicios esenciales, picad en el siguiente enlace:

Resolución Consejería servicios esenciales de 24-3-20